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PLAN ESTRATÉGICO 2009 - 2012Ley para La Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia


Pasajeros Con Movilidad Reducida que viajan en Avión

Tipo de Servicio

Dirigido a personas con movilidad reducida o con cualquier discapacidad que precise de ayudas especiales y a niños que viajen solos

Tramitación del billete

Se aconseja la reserva del billete con 7 días de antelación o, imprescindiblemente, 48 horas antes de la salida del avión.

Es necesario notificar el tipo de discapacidad que tiene la persona y las necesidades de ayuda a la hora de comprar el billete.

Para pedir la asistencia en el aeropuerto

Una vez que el viajero tenga la carta de embarque, la persona tiene derecho a que el personal del aeropuerto traslade la silla de ruedas hasta el lugar donde se encuentra la persona y no al revés.

Descargar Información para Personas con Discapacidad y/o Movilidad Reducida en PDF

Descargar Derechos de Pasajero en PDF

Reglamento de la UE sobre los derechos de los ciudadanos con discapacidad en el transporte aéreo que prohíbe a las compañías negarse a hacer reservas al colectivo y establece a partir del 2008 el transporte gratuito dentro de las terminales:

Descargar Reglamento en PDF




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COCEMFE - CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA Y ORGÁNICA
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