El Tribunal de la UE sentencia que es una obligación para los estados favorecer la integración laboral de las personas con discapacidad

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha reiterado a los estados miembros que deben obligar a todos los empleadores a adoptar medidas prácticas y eficaces a favor de las personas con discapacidad que “les permitan acceder a un empleo, tomar parte en el mismo, progresar profesionalmente y recibir una formación”.

El Tribunal ha realizado este llamamiento al examinar las distintas medidas adoptadas por Italia para la inserción profesional de las personas con discapacidad. Los magistrados han concluido que la legislación italiana “no obliga a todos los empleadores a adoptar medidas eficaces y prácticas, en función de las necesidades en situaciones concretas, en favor de todas las personas con discapacidad”.

La sentencia subraya que la Directiva Europea sobre la igualdad de trato en el empleo tiene como idea “que la discriminación por motivos de discapacidad puede comprometer la realización de los objetivos del Tratado, en particular el elevado nivel de empleo y de protección social, la elevación de la calidad de vida, la cohesión económica y social, la solidaridad y la libre circulación de las personas”. Para garantizar la igualdad, la directiva obliga al empleador “a adoptar las medidas adecuadas en función de las necesidades de una situación concreta, para permitir a dichas personas acceder a un empleo”.

El Tribunal de Justicia de la UE subraya que dicha obligación concierne a “la totalidad de los empleadores”. “No basta que los Estados miembros adopten medidas de incentivo y de ayuda, sino que les incumbe obligar a todos los empleadores a adoptar medidas eficaces y prácticas, en función de las necesidades en situaciones concretas”, indica la sentencia.

 

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